Ordenan a Municipalidad de Ovalle recibir pago de patentes de locales de juegos electrónicos

24 Marzo 2016

Así se determinó en la Corte de Apelaciones de La Serena. En el municipio ovallino están analizando recurrir a la Corte Suprema.

Equipo El Obser... >
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La Corte de Apelaciones de La Serena acogió un recurso de protección interpuesto por el representante legal de la sociedad de arrendamiento de juegos electrónicos EIRL, en contra de la Municipalidad de Ovalle por mantener desde julio de 2015 congelado el pago de patentes comerciales de los locales de juegos de habilidad y destreza de la comuna.

En fallo unánime (causa rol 195-2016) la  Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena –integrada por los ministro Juan Pedro Shertzer, Jaime Franco y Humberto Mondaca- determinó que el acto de la Municipalidad resulta ilegal y arbitrario.

“Puesto que importa un proceder caprichoso, contrario a la justicia y a la razón, por ser infundado, todo lo cual lo hace despótico, puesto que, como ya se ha visto, sin mediar comunicación formal alguna a los recurrentes, como tampoco sin haber sido objeto de sanción por su actividad comercial, se les pretende colocar en una situación infraccional",  sostiene el fallo.

Asimismo,  ordena a la autoridad edilicia de Ovalle disponer la debida recepción del pago de las respectivas patentes que pretendieron efectuar los recurrentes el día 29 de enero pasado y que les fue negado. “Se acoge sin costas, el recurso de protección deducido don Juan Pablo Corral Gallardo, abogado, en representación de la empresa Alejandro Osmaín Pinilla Aguilera E.I.R.L; de don Alejandro Osmaín Pinilla Aguilera, y de don Shiling Zhong, en contra de la Ilustre Municipalidad de Ovalle, representada por su Alcalde don Claudio Fermín Rentería Larrondo, ordenándose que la autoridad edilicia dispondrá lo pertinente para que se recepcione el pago de las patentes comerciales municipales de los recurrentes ”, concluye.

POSIBLE RECURSO ANTE LA CORTE SUPREMA

Consultado sobre este tema, el asesor jurídico del Municipio de Ovalle, Sergio Galleguillos, aclaró que en la página web del Poder Judicial no se encuentra información oficial respecto del fallo comentado.

El abogado agregó que “independiente de ello, podemos señalar que lo que estrictamente ordenando por la Corte es que a los recurrentes se les entregue el derecho a pagar su patente en el giro que corresponde a la venta de confites, helados, bebidas gaseosas, y juegos como, billar, bowlling, pool, y juegos electrónicos como fliper o play station”.

Finalmente Sergio Galleguillos sostuvo que “sin perjuicio de lo anterior y ya conociendo la sentencia de manera oficial, el municipio se reserva el derecho de recurrir ante la Excelentísima Corte Suprema”.  

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