61 solicitudes de Acuerdo de Unión Civil van a la fecha en la Región de Coquimbo

20 Agosto 2015
Las personas que suscriban la Unión Civil tendrán el estado de “conviviente civil”.
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Un completo balance a nivel nacional realizó el Ministerio de Justicia y el Registro Civil sobre las parejas que hasta la fecha han solicitado hora para contraer el AUC a partir del 22 de octubre. De un total de 1.569 solicitudes, 943  (60,1%) corresponde a parejas heterosexuales y 626 (39,9%)  a parejas homosexuales; asimismo un 21% ha pedido celebrar AUC en el domicilio y el 70% en las oficinas de Registro Civil.

El Seremi de Justicia, Carlos Galleguillos Carvajal, señaló que en el caso de la Región de Coquimbo, las solicitudes llegan a las 61, donde 18 son de personas del mismo sexo y 43 de parejas heterosexuales. “Para nosotros es importante que la ciudadanía conozca esta instancia de regulación de convivencia y señalar que pese a lo que se pueda pensar, la mayoría de las personas que han solicitado hora para contraer este contrato son heterosexuales; con ello, se demuestra que hay un interés de la comunidad en general, independiente de su condición sexual, de regular sus relaciones afectivas desde un punto de vista patrimonial, a través de una instancia alternativa al matrimonio”, señaló el representante regional del Ministerio de Justicia.

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Para enfrentar el inicio de esta ley, las autoridades destacaron que el Registro Civil ha realizado desde el año 2014 un Programa de difusión y capacitación a sus funcionarios en todo el país.

El director del Registro Civil, Oscar Kock, informó que los Acuerdos se podrán celebrar en las oficinas o en el lugar que precisen los interesados que lo contraerán. Además se refirió a los requisitos para solicitar hora: “las personas deben ser mayores de edad, debe ser soltera, viuda o divorciada, presentar su cédula de identidad vigente y tener libre administración de sus bienes”.

Cabe recordar que las solicitudes de hora comenzaron a pedirse el 9 de julio para, a partir del 22 de octubre, poder celebrar acuerdos de unión civil, los cuales no tendrán costo si se realizan en las oficinas del registro civil mientras que si se realizan fuera de estas, de lunes a viernes de 8.30 a 17.30 horas, el valor es de $21.680;  si se efectúa fuera de ese horario, el costo es de $32.520.

Antecedentes del Acuerdo de Unión Civil:

¿Qué es la Unión Civil?

Es el contrato que pueden celebrar las parejas que hacen una vida común, a través del cual el Estado reconoce su nuevo estado civil y regula ante la ley diversos aspectos familiares, patrimoniales y de derechos de salud, laborales y previsionales de su relación. Los contrayentes que celebren la Unión Civil pasan a ser convivientes civiles.

Es una institución transversal, que puede ser aplicable tanto a parejas del mismo sexo como de distinto sexo.

¿Dónde y cómo se celebrará la Unión Civil?

Ante el Oficial del Registro Civil, pudiendo celebrarse en la Oficina del Registro Civil o fuera de ella, igual que el matrimonio.

¿Cuáles son los requisitos?

La Unión Civil puede celebrarse entre contrayentes de distinto o del mismo sexo; que sean mayores de 18 años y que no estén casados al momento de contraer el vínculo.

En esta ceremonia no se requerirán testigos. No se exigirá acreditar convivencia previa a la celebración. Tener libre administración de sus bienes.

¿Cambiará el estado civil de los o las contrayentes?

Sí. Las personas que suscriban la Unión Civil tendrán el estado civil de “conviviente civil”. Una vez terminada la Unión Civil, la persona recupera su Estado Civil previo a la celebración, salvo por la causal de matrimonio entre los convivientes, en que éstos adquieren el Estado Civil de casados.

¿Qué sexo deben tener las parejas para acceder a la Unión Civil?

La Unión Civil será aplicable tanto a parejas del mismo sexo como de distinto sexo, de modo que será una institución transversal. Contribuirá de esta manera al término de la discriminación de las parejas del mismo sexo, constituyéndose como un estatuto integrador y protector.

¿Qué protección entrega la Unión Civil sobre los aspectos patrimoniales?

El régimen general de bienes entre las personas que contraen la Unión Civil será la separación total de bienes. Sin embargo, se establece la opción para los contrayentes de adoptar un régimen de comunidad de bienes al momento de celebrar la Unión Civil. Además, durante la vigencia de la Unión Civil, los convivientes podrán, por una única vez, pactar la separación total de bienes.

De esta manera, se establece para los convivientes la posibilidad de optar a un régimen de comunidad, esto es, que el trabajo mancomunado de ambos convivientes sirve de apoyo y sustento económico de la familia.

¿De qué manera se podrá poner término a la Unión Civil?

Entre otras causales, se podrá poner término:

- De común acuerdo a través de un Acta ante el Registro Civil o Escritura pública que se suscribe en el Registro Civil.

- Unilateralmente y por otras causas como la muerte de uno de los convivientes.

¿Qué institución resolverá las controversias entre los convivientes?

Los Tribunales de Familia.